Resolución 370 del 15 de abril de 2021 – Licencia ambiental, permiso de aprovechamiento forestal único o sustracción de área de reserva forestal nacional o regional.

Mediante la Resolución 256 de 2018 el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible adoptó la actualización del manual de compensaciones del componente Biótico en ecosistemas terrestres para los proyectos, obras o actividades relacionadas con obtención de licencia ambiental, permiso de aprovechamiento forestal único o sustracción de área de reserva forestal nacional o regional, en lo concerniente a las medidas de compensación. Se debe recordar que dicho manual se encontraba anteriormente establecido en la Resolución  1517 de 2012.

En el mencionado acto administrativo se planteó que, a partir de su expedición los nuevos proyectos en lo concerniente a las medidas de compensación debían ajustarse a este manual, así como también aquellos proyectos, obras o actividades que contaran con auto de inicio para la obtención de los permisos o trámites establecidos. De igual forma y de manera potestativa, las medidas de compensación fijadas en los actos administrativos en los cuales se otorgó la licencia, el permiso o el trámite, podrían ser modificados previa aprobación de la propuesta por parte de la Autoridad Ambiental competente. Dicha propuesta de modificación de las medidas de compensación debió haber sido presentada ante la autoridad ambiental en un plazo no mayor a seis (6) meses, contados a partir de la entrada en vigencia de la Resolución 256 de 2018, esto es el 4 de marzo de 2018.

No obstante, lo anterior mediante Resolución 1428 del 31 de julio de 2018 se derogó el régimen de transición fijado en la Resolución 256 de 2018 y se determinó que para aquellos actos administrativos que continuaban con su proceso de evaluación por parte de la autoridad ambiental, solo si el usuario lo consideraba pertinente podría acogerse al manual de compensación, en lo concerniente al donde y cómo implementar dichas medidas. De igual forma fijó que en aquellos casos en que ya se hubiera obtenido los permisos o los trámites se podrían acoger de igual forma al mencionado manual. En todo caso se determinó en el acto administrativo, que la propuesta de modificación debía ser presentada hasta el 31 de diciembre de 2018.

Ahora bien, mediante la Resolución No. 370 del 15 de abril de 2021, el Ministerio otorgó la posibilidad para que en un plazo de doce (12) meses los usuarios o titulares de licencias ambientales, permisos de aprovechamiento forestal único y autorizaciones de sustracción de áreas de reserva forestal nacional o regional que se encuentren bajo un régimen anterior al regulado por la Resolución No. 256 del 22 de febrero de 2018 pudieran acogerse al actual manual de compensaciones del componente biótico. Para tal efecto una vez presentada la propuesta durante este periodo de tiempo, la autoridad ambiental evaluará la viabilidad de aprobación respecto del dónde y cómo implementar las medidas de compensación.

 

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